martes, 31 de agosto de 2021

Propiedad Intelectual

Definición

Propiedad intelectual

Cada creación en el mundo, merece ser apreciada por toda la población, pero de la misma manera, debe respetarse el derecho exclusivo que tiene el creador con respecto a la posesión de su obra para así poder explotarla económicamente, por ello es necesario una serie de reglas o leyes que protejan este derecho. Esto es importante porque es la recompensa hacia la creatividad y el esfuerzo humano, estimulando el progreso de la humanidad.

El concepto de propiedad intelectual (PI), se puede entender como los derechos que tienen las personas y empresas sobre sus obras originales, sin embargo, este significado cambia dependiendo del país donde se esté, habiendo dos significados:

1. La OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) Establece la siguiente definición para la propiedad intelectual: 

"La propiedad intelectual (PI) se relaciona con las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizados en el comercio"

La propiedad intelectual incluye dos categorías fundamentales: La propiedad industrial y los derechos de autor.

Mientras los derechos de autor se enfocan en las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, poemas, obras de teatro, películas y obras de arte. La propiedad intelectual incluye los modelos de utilidad, marcas de dibujos, dibujos industriales, invenciones y patentes.

Presenta derechos Conexos, que son aquellos dado para los artistas que ejecutaron la obra, en todos los campos del arte. 



2. En España no se toma en cuenta la propiedad industrial, únicamente defiende los derechos de las obras literarias y artísticas. Definen la propiedad intelectual de esta manera:

"El conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares (artistas, productores, organismos de radiodifusión...) respecto de las obras y prestaciones fruto de su creación"   

Esta ley fue aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, la cual regula de manera estricta los derechos de autor para los creadores y los derechos convexos para los que realizan las actuaciones, montajes, prestaciones o producciones cuidadas por la ley. 


Los derechos de autor se dividen en dos: Los morales y los de explotación.

Derechos morales: Son aquellos que pertenecen al autor, cómo el respeto de la autoría y a la integridad de la obra. Es decir, son aquellas normas que valoran la creación y le dan cierta importancia.

Derechos explotación: Estos son transferibles, como la reproducción  y la difusión pública.

Los derechos de autor tiene una extensión de hasta 70 años luego de la muerte del autor, este cambio se ha llevado desde años anteriores con cantidades distintas. 



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